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    La muerte de una trabajadora del hogar activa la demanda para la inclusión de este colectivo en la ley de prevención de riesgos laborales

     “Está muy bien que nos informemos de lo que pasa en el mundo y leamos todas las noticias; pero esto no sirve de nada si no lo hacemos para tomar partido en algo e implicarnos en algo, para dar una respuesta "

    Adriana Guzmán*Representante Aymara del movimiento feminista antipatriarcal*

     

    MERITXELL RIGOL La directa

    EL SALTO 15/05/2020

     

    La muerte de una trabajadora del hogar en Arenys de Mar al caer mientras limpiaba el ventanal de una casa, el pasado viernes, ha puesto en evidencia el vacío de prevención frente a riesgos laborales en que se encuentran las 600.000 trabajadoras que se ocupan de limpiar, planchar, cocinar, lavar, acompañar, atender y velar por el bienestar de pequeñas y mayores en hogares de todo el Estado.

    “Ha sido una muerte totalmente evitable”, lamenta Isabel Otxoa, miembro de la Asociación de Trabajadoras del Hogar de Vizcaya (ATH-ELE), que recuerda un caso similar en el País Vasco. “La trabajadora había puesto un taburete ante la ventana abierta para llegar más arriba y más lejos, y esta es una maniobra muy peligrosa que no está pautada, no hay indicaciones ni de cómo ni con qué instrumentos realizarla sin peligro”, denuncia.

    La ley de prevención de riesgos laborales, de 1995, excluye explícitamente la relación laboral de “carácter especial” del servicio del hogar familiar y delega la responsabilidad de “cuidar que el trabajo de las trabajadoras se realice en las condiciones correctas de seguridad e higiene” a las familias contratantes. “Cuando utilizamos determinados productos químicos, como el aguafuerte, deberíamos hacerlo con mascarilla, ya que te generan mareos, y no te dan. De hecho, ¡tienes suerte si te dan guantes!”, denuncia Rocío Echeverría, miembro del Sindicato de Trabajadoras del Hogar (Sindihogar), que reivindica que “los gobiernos no pueden dejar en manos de quien te emplea juzgar cómo deben ser las condiciones adecuadas para trabajar con seguridad ”. “Las tareas que hacemos son muy diversas, con diferentes grados de intensidad y de riesgo”, remarca.

    También el real decreto que, desde 2011, regula la relación laboral “de carácter especial” del servicio del hogar familiar, establece que la persona empleadora es quien tiene la obligación de “cuidar que el trabajo de la trabajadora del hogar se realice en las adecuadas condiciones de seguridad y salud ”. Una obligación que resulta papel mojado, al igual que lo resultan, a menudo, las condiciones establecidas en los contratos laborales de este sector, marcado por la precariedad y el aislamiento de las trabajadoras, además de prácticamente blindado a Inspección de Trabajo.

    “Desde el punto de vista jurídico, la exclusión del trabajo del hogar en la ley de prevención de riesgos laborales no tiene ninguna explicación, es una discriminación flagrante”, afirma Alex Tisminetzky, abogado especialista en salud laboral y prevención de riesgos. El por qué, según el letrado, radica en quiénes son las personas que trabajan en este sector. “Son un colectivo muy feminizado, con muchas mujeres de origen extranjero, muchas sin papeles, por lo cual el sistema se aprovecha de estas trabajadoras”, detalla el abogado del Colectivo Ronda, al tiempo que destaca la gran dificultad para sindicarse y también de llegar a hacer una reclamación jurídica “por falta de estabilidad en el puesto de trabajo y de red social”.

    La exclusión de la ley de prevención de riesgos laborales es una de las láminas del abanico de discriminaciones que sufren las trabajadoras del hogar y los cuidados respecto al resto de trabajadoras, tales como no tener derecho a percibir la prestación de desempleo, quedar excluidas del fondo de garantía salarial (FOGASA) o ser sujetos de despido por desistimiento, es decir, sin causa objetiva.

    La ratificación del Convenio 189 de la OIT es reclamada por organizaciones de trabajadoras del hogar como el instrumento internacional que obligaría al Estado español a equiparar sus derechos a los del resto de sectores laborales. En materia de prevención de riesgos, supondría la obligatoriedad de adoptar “medidas eficaces” para asegurar la seguridad y la salud en el trabajo del hogar por parte del Estado. Pese reconocerlas como trabajadoras esenciales bajo la pandemia del Covid-19, hasta ahora las declaraciones de buenas intenciones del gobierno de coalición en relación con la firma del convenio no han pasado de ser un anuncio.

    ¿DERECHO A LA INTIMIDAD O PRECARIEDAD?

    Intoxicaciones y malestares a raíz de utilizar productos químicos y lesiones cervicales, de la columna y en las extremidades, son problemas de salud comunes entre las mujeres ocupadas como trabajadoras del hogar, enumeran desde Sindihogar, que detectan también cómo muchas mujeres que trabajan desde hace años en el sector padecen fibromialgia, una enfermedad feminizada de la que no se conoce la causa. “Cuesta mucho que se les reconozca la enfermedad y conseguir la baja”, lamenta Echeverría.

    “Las lesiones de las que cuidan personas en situación de dependencia son físicas y también psíquicas”, añade Otxoa, que remarca, además de los problemas de salud desencadenados por el esfuerzo de mover personas sin mecanismos de apoyo, en casas no adaptadas las necesidades de personas en situación de dependencia, y por falta de descanso; los efectos en la salud que derivan de las largas jornadas, la soledad, la falta de reconocimiento del trabajo que hacen y la ausencia de límites horarios. 

     

    “La ley de prevención de riesgos laborales establecería la obligación legal de controlar las condiciones de cada puesto de trabajo y de proporcionar a la trabajadora formación y medios para evitar los riesgos; ahora bien, la ley por sí misma no eliminaría el problema, porque es característico del sector que la Administración pública pueda llegar a reconocerle derechos formales, pero luego no ponga los medios para que se cumplan”, remacha Otxoa, por quien, en síntesis, “el problema es que no hay salud laboral posible si las condiciones laborales son las que son”.

    Siguiendo las estadísticas del último año recogidas a partir de más de 600 trabajadoras atendidas por ATH-ELE, menos de la mitad de las externas (quienes no viven en el hogar que las emplea) llegaban al salario mínimo correspondiente a su jornada. En el caso de las internas, tres de cada diez reciben un salario menor al mínimo correspondiente a 40 horas semanales, aunque, en la práctica, las jornadas laborales son mucho más largas. En el caso de las trabajadoras en situación irregular, son más de la mitad las que no obtienen el mínimo salarial.

    A partir de los casos atendidos, constatan que no es excepcional el estrés derivado del maltrato, concretado en frases despectivas, comentarios racistas y acercamientos y proposiciones sexuales no deseados. “Las autoridades laborales no han dispuesto de mecanismos de intervención real y práctica en defensa de las trabajadoras”, apuntan desde ATH-ELE, que también denuncian que las trabajadoras del hogar están cubriendo “la necesidad de atención a la vejez y la enfermedad a un precio muy bajo ”.

    De los datos recogidos por la asociación de Vizcaya, un 98% de las trabajadoras internas tienen como trabajo principal cuidar personas, casi todas dependientes por edad avanzada, diversidad funcional o enfermedad. En el caso de las externas, el cuidado de personas es una tarea principal en cerca de la mitad de las trabajadoras.

    “Las administraciones saben perfectamente que entre un 30-35% estamos en situación irregular, sin contrato, por una ley de extranjería que nos obliga a trabajar en las condiciones que sea, y no les importa, porque sin derechos estamos aportando igualmente a la economía y a la sociedad con nuestro trabajo ”, critica Echeverría.

    HACER LA VISTA GORDA CON LAS VULNERACIONES

    Además de los cambios legislativos para equipar los derechos al sector, desde Sindihogar piden que las iniciativas para favorecer la salud laboral de las trabajadoras del hogar se dirijan a las personas empleadoras para responsabilizarlas. Señalan que no se las puede tratar como trabajadoras autónomas, porque por norma no establecen ni el qué ni el cómo del trabajo en las casas donde trabajan.

    Desde ATH-ELE plantean, además de la formación por parte de trabajadoras y empleadoras, la necesidad de limitar las jornadas laborales para que no se dejen la salud cuidando a otros. “¿Una persona con Alzheimer con una sola cuidadora? Es inadmisible. Y las que gestiona la ley de la dependencia y visitan las casas ya saben lo que hay”, denuncia Otxoa.

    En el caso de las trabajadoras internas (las que residen en el hogar donde trabajan), la gran mayoría realiza su trabajo en condiciones ilegales en cuanto a duración de la jornada y en cuanto a insuficiencia de descansos, según detecta año tras año ATH- ELE. Ocho de cada diez trabajan más de 60 horas semanales, siguiendo los datos orientativos que ha facilitado esta entidad. A partir de las 80 horas semanales, es muy superior la presencia de trabajadoras en situación irregular. No llegan a ser tres de cada diez las trabajadoras que disponen de las horas de descanso semanal obligatorio.

    A pesar de las reiteradas denuncias públicas respecto a cómo los abusos atraviesan el sector, hasta ahora el control público de las condiciones de trabajo en que se encuentran las trabajadoras del hogar y los cuidados es prácticamente inexistente. “No hay ninguna diferencia real, jurídicamente, porque Inspección de Trabajo no entra en los domicilios que son espacios de trabajo. La única explicación es la voluntad del legislador de mantener aparte las trabajadoras del hogar ”, afirma Tisminetzky, crítico con la idea de que“ dentro de casa no pueden entrar las relaciones laborales ”y que la relación con las trabajadoras del hogar sea leída como “una relación del ámbito privado”, tal como históricamente ha sido considerada.

    “El derecho a la intimidad del domicilio debe estar limitado cuando tienen contratadas trabajadoras”, reclama Otxoa, que propone explorar vías para garantizar la protección de sus derechos, tales como que el contrato no sea con la familia, sino con un servicio de atención. “La situación cambiaría. Sólo hay que ver que en los servicios de ayuda a domicilio funciona la prevención de riesgos ”, plantea la integrante de ATH-ELE, para quien la contratación individual de servicios del hogar y los cuidados “no es una solución que pueda garantizar derechos a las trabajadoras”, denuncia.

    ENLACE: https://www.elsaltodiario.com/laboral/muerte-trabajadora-hogar-activa-demandas-inclusion-ley-prevencion-riesgos-laborales-

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